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año:2005
 
unidad:HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
 
institución:BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio Nº 17124 15 de diciembre, 2005 DAGJ-3783-2005 Señor Gregorio Segura Coto Subgerente General BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta respecto la posibilidad de que se le cobre un arrendamiento al Bancrédito por el uso de la terminal aérea del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. Damos respuesta a su oficio SC-049-05, recibido en esta Contraloría General el pasado 27 de octubre, mediante el cual solicita nuestro criterio en relación con la posibilidad legal de que el Gestor Interesado le cobre un arriendo a ese ente bancario por el uso de un espacio en las instalaciones del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. I.- Motivo de la consulta: Indica en su oficio que, el Banco Crédito Agrícola de Cartago —en adelante el Bancrédito— tiene suscrito un convenio con el Ministerio de Hacienda para recaudar el impuesto de salida del país por la vía aérea en cumplimiento de lo ordenado por la ley N° 8316 “Ley reguladora de los derechos de salida del territorio nacional” que se encuentra vigente desde el 24 de abril del año 2003. En atención a dicho convenio y según mandato de la Administración Tributaria, el Banco procedió a abrir puestos de cobro del impuesto en los tres aeropuertos internacionales de nuestro país. La gestión para que se asignaran esas áreas para el cobro, la hizo directamente la Administración Tributaria en razón de las potestades derivadas de la ley 8316, que en su criterio, obliga a la Dirección General de Aviación Civil a colaborar y otorgar las facilidades para el cobro del tributo en los aeropuertos. Sin embargo, el concesionario del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, ha pretendido cobrarle un alquiler a esa entidad bancaria por el uso de la superficie en esa terminal aérea. E inicialmente esa decisión fue rechazada por el propio Ministerio de Hacienda. No obst ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Documento: 17124-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE -6- R-DAGJ-647-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del veintinueve de setiembre de dos mil cinco.--------------------------------- Recursos de objeción al cartel interpuestos por Seguridad y Vigilancia Sevín Ltda., Control Uno S.A., Servicios Administrativos Vargas Mejías S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública 10-2004, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para sucursales, agencias y oficinas de ese Banco.----------------------------- I. POR CUANTO: Seguridad y Vigilancia SEVIN Ltda. y Control Uno S.A. interpusieron sus recursos de objeción el 14 de setiembre de 2005, Servicios Administrativos Vargas Mejías S.A., el 16 de ese mismo mes.---------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las 11:00 horas del 20 de setiembre de 2005, la División de Asesoría y Gestión Jurídica, confirió audiencia especial a la Administración respecto de los recursos interpuestos por Seguridad y Vigilancia SEVIN Ltda. y Control Uno S.A., con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación.----------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco Crédito Agrícola atendió la audiencia especial conferida mediante su escrito presentado el 25 de setiembre de 2005.------------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO: A) Rechazo por extemporáneo del recurso de Servicios Administrativos Vargas Mejías S.A. El 16 de setiembre la recurrente impugnó el pliego de condiciones, concretamente la ponderación de la experiencia. Criterio del Despacho: En relación con este recurso, se debe indicar que no fue presentado en tiempo, en la medida que la invitación para concursar fu ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 R-DAGJ-628-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del veintitrés de setiembre de dos mil cinco.-------------------------------------- Recurso de Objeción al cartel interpuesto por Componentes El Orbe S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública 4-2005 promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la adquisición de servidores y licencias Oracle.------------------------------------------------------------------------------------- I.- Por Cuanto: El recurso que se conoce fue presentado en tiempo y forma.-------------------------------- II.- Por cuanto: Componentes El Orbe S. A. alegó: 1) Ítem 1, puntos 2, 6 y 34. 2) Ítem 2, puntos 37, 40, 68. 3) Ítem 4, punto 115, 124, 129, 131, 136, 138, 139 y 140. 4) Parámetros de valoración. 5) Forma de pago.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- Este Despacho concedió audiencia especial al Banco Crédito Agrícola de Cartago mediante auto de las nueve horas con cincuenta minutos del doce de setiembre de dos mil cinco, para que se pronunciara respecto de los fundamentos del recurso y para que remitiera copia cartel de licitación.---- IV.- Por Cuanto: El Banco Crédito Agrícola de Cartago atendió la audiencia conferida, manifestando su asentimiento en variar los puntos objetados sobre los ítems 1 y 2, en particular en cuanto a la memoria de 8 GB expandible por lo menos a 24 GB, así como al sistema operativo. En otros puntos como la tecnología del procesador, la Administración estuvo anuente en variar parcialmente lo solicitado por la objetante, aspectos sobre los cuales este Despacho no encuentra inconveniente alguno en que se proceda tal y como indica la Administración. Lo anterior, por cuanto la objetante no prueba en forma fehaciente que deba abrirse la cláusula, limitándose en cierta forma a dar su punto de vista en cuanto a que la participación sería de p ...
Fecha publicación: 29/09/2005
Fecha emisión: 26/09/2005
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 6 3 0 28 de junio, 2005 DAGJ-1751-2005 Licenciado Alexis Quesada Solano Director Contabilidad Gerencial BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nos referimos a su oficio de fecha 24 de noviembre del 2004, mediante el cual plantea una serie de cuestionamientos relacionados con los alcances de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública respecto de su caso particular, las cuales pasamos a evacuar según su orden de formulación: 1.- En razón de que usted ocupa el cargo de Director de Contabilidad Gerencial en el Banco Crédito Agrícola de Cartago y ejerce la docencia en el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago (Nocturno), en la especialidad de Contabilidad y Finanzas, consulta si le afecta o no la prohibición contemplada en el artículo 14 de la Ley Nº 8422, dado que la docencia la ejerce fuera de la jornada ordinaria y el COVAO, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 4609, es una institución de carácter privado pero de interés público. En primer término, conviene tener presente lo dispuesto por el numeral 14 de la Ley Nº 8422 y el 27 de su respectivo reglamento ejecutivo, que por su orden disponen: “Artículo 14.—Prohibición para ejercer profesiones liberales.   No podrán ejercer profesiones liberales, el presidente de la República, los vicepresidentes, los magistrados del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones, los ministros, el contralor y el subcontralor generales de la República, el defensor y el defensor adjunto de los habitantes, el procurador general y el procurador general adjunto de la República, el regulador general de la República, el fiscal general de la República, los viceministros, los oficiales mayores, los presidentes ejecutivos, los gerentes y los ...
Fecha publicación: 02/07/2005
Fecha emisión: 29/06/2005
Documento: 07630-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales


PAGE 8 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 1 5 4 20 de junio, 2005 DAGJ-1675-2005 Licenciado Harlams Ocampo Chacón Director Legal a.i. BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio jurídico en torno a la aplicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Se refiere este Despacho a su oficio Nº LE-274-05 presentado a la Contraloría General el 17 de mayo del presente año, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley Nº 8422 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 212 del 29 de octubre de 2004), planteando tres interrogantes sobre las cuales se pretende obtener respuesta del Órgano Contralor. Cabe señalar que en atención al requerimiento formulado en nuestro oficio Nº 5906 (DAGJ-1333) del 23 de mayo de 2005, mediante el oficio Nº LE-338-05 presentado al Órgano Contralor el 13 de junio de 2005 se acompañó el criterio legal institucional sobre las interrogantes planteadas, cuyas consideraciones y conclusiones destacaremos en este memorial según corresponda. 1) Sobre el particular, consultamos si las direcciones y divisiones antes mencionadas están incluidas en el régimen de prohibiciones del artículo No 14 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública No 8422 y de su Reglamento? A partir de qué fecha debe pagarse a los funcionarios cubiertos por la prohibición la retribución económica correspondiente, desde la vigencia de la Ley o de la publicación del Reglamento? Aplica el pago a nombramientos interinos menores a seis meses? Dando lectura a la inquietud formulada, se tiene que ésta se encuentra relacionada con las referencias incorporadas en el artículo 14 de la Ley Nº 8422 en torno a los directores y subdirectores de departamento y titulares de proveedurías del sector público, y segundo en ...
Fecha publicación: 24/06/2005
Fecha emisión: 21/06/2005
Documento: 07154-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion


PAGE 2 R-DAGJ-279-2005 (BIS) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las catorce horas del veinte de mayo del dos mil cinco.---------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Datadec, S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública #02-2005, promovida por el Banco de Crédito Agrícola de Cartago para la adquisición y mantenimiento de una solución de Software y Hardware para la prevención de Lavado de Dinero. I.-POR CUANTO: La firma Datadec, S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública # 02-2005, para la adquisición y mantenimiento de una solución de Software y Hardware para la prevención de Lavado de Dinero ------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las doce horas del diez de Mayo del dos mil cinco, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. -------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco de Crédito Agrícola de Cartago respondió la audiencia el 13 de mayo del 2005.----------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula, con miras a llenar las expectativas de la Admin ...
Fecha publicación: 27/05/2005
Fecha emisión: 24/05/2005
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 3 4 2 5 29 de marzo, 2005 DAGJ-0754-2005 Licenciado Gregorio Segura Coto Subgerente General BANCRÉDITO Estimado señor: ASUNTO: Archivo de consulta referida a que, con base en un contrato particular, ese Banco contrate más horas de vigilancia para cubrir tiempos de almuerzo. Nos referimos a su oficio N° SAF-085-2005 del 14 de marzo de 2005, mediante el cual plantean a esta División una consulta en relación con la posibilidad de contratar vía addendum más oficiales de vigilancia para cubrir tiempos de almuerzo, sobre un contrato particular que ese Banco mantiene con una empresa que brinda servicios de seguridad y vigilancia o si, por el contrario, es obligación de la empresa cubrir esos tiempos. Sobre el particular, es menester señalar que la función consultiva que ejerce la Contraloría General de la República con fundamento en el artículo 29 de su Ley Orgánica y en la Circular N° CO-529 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 107 del 5 de junio de 2000, no se orienta a resolver casos concretos que le sean sometidos por la Administración Pública. Así las cosas y, en vista de que la consulta que se nos plantea, versa sobre una situación específica en relación con un contrato suscrito con la empresa que brinda los servicios de mérito, el asunto deberá ser atendido necesariamente por la propia Administración, con la colaboración de su Asesoría Legal. Por lo expuesto, estamos disponiendo el archivo de su gestión sin especial pronunciamiento de nuestra parte. Atentamente, Licda. Silvia Chanto Castro Lic. Luis Fernando Jara Villalobos Gerente Asociada Fiscalizador LFJV/mgs C: Archivo Central NI: 6051 ( Criterios y pronunciamientos ] ...
Fecha publicación: 02/04/2005
Fecha emisión: 30/03/2005
Documento: 03425-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 00966 26 de enero, 2005 DAGJ-0205-2005 Licenciado José Manuel Solano Méndez Auditor Interno BANCO CREDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Información sobre la no aplicación a su caso como Auditor de la incompatibilidad establecida en el artículo 18 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. Se refiere este Despacho a su oficio AUD-010/2005 recibido el pasado 11 de enero de 2005, en el cual hace constar que como auditor interno cuyo cargo está contemplado en el régimen de incompatibilidades establecido por el artículo 18 de la Ley No.8422, no se encuentra en ninguna de las situaciones que contempla ese artículo. I. Criterio del Despacho. En el caso que se nos consulta, la gestión surge a partir de lo que establecen los numerales 18 y 19 de la Ley No.8422, los cuales disponen: “Artículo 18.- Incompatibilidades El presidente de la República, los vicepresidentes, diputados, magistrados propietarios del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones, los ministros, el contralor y el subcontralor generales de la República, el defensor y el defensor adjunto de los habitantes, el procurador general y el procurador general adjunto de la República, el regulador general de la República, los viceministros, los oficiales mayores, los miembros de junta directiva, los presidentes ejecutivos, los gerentes y subgerentes, los directores y subdirectores ejecutivos, los jefes de proveeduría, los auditores y subauditores internos de la Administración Pública y de las empresas públicas, así como los alcaldes municipales, no podrán ocupar simultáneamente cargos en juntas directivas; tampoco podrán figurar registralmente como representantes o apoderados de empresas privadas, ni tampoco participar en su capital accionario, personalmente o por medio de otra persona jurídica, cuando tales empresas presten servic ...
Fecha publicación: 31/01/2005
Fecha emisión: 28/01/2005
Documento: 00966-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna , Incompatibilidades